CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS Nº 15-2022-UNCP PARA CONTRATO DE DOCENTES

Detalles Generales


Fec. Inicio : 13/05/2024
Fec. Fin : 28/03/2025
Puntaje Mínimo : 50.00

Requisitos


Para el ejercicio de la docencia universitaria es requisito indispensable haber realizado estudios universitarios presenciales de cinco (5) años regulares como mínimo, y contar con Título Profesional Universitario y Grado de Maestro y/o Doctor; los que deberán estar registrados en la SUNEDU al momento de la postulación

Los requisitos para postular a una plaza, Tipo A (DC A) o Tipo B (DC B), son los siguientes:

1 Docente contratado Tipo A (DC A); deberá cumplir con los requisitos para el ejercicio de la docencia universitaria contemplados en el artículo 82° de la Ley Universitaria N° 30220, y ostentar el Grado de Doctor según el DS N° 418-2017-EF. 3.2.2

2 Docente contratado Tipo B (DC B); deberá cumplir con los requisitos para el ejercicio de la docencia universitaria contemplados en el artículo 82° de la Ley Universitaria N° 30220, y ostentar el Grado de Maestro según el DS N° 418-2017-EF. 


Adicional a los requisitos establecidos en el artículo anterior, los postulantes deberán cumplir los siguientes requisitos legales y reglamentarios:

3.3.1 Conocer y estar de acuerdo con el Reglamento y las Bases del Concurso Público.

3.3.2 No incurrir en incompatibilidad legal.

3.3.3 No estar incurso en lo señalado en el artículo 90° de la Ley Universitaria N°30220.

3.3.4 No tener antecedentes penales, judiciales o policiales.

3.3.5 No incurrir en incompatibilidad laboral.

3.3.6 Tener conocimiento del Código de Ética de la Función Pública.

3.3.7 Gozar de buena salud física y mental, lo que acreditará con la documentación oficial pertinente.

3.3.8 Estar registrado en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC).

3.3.9 No tener procesos judiciales ni demandas contra la Universidad Nacional de Barranca. En caso de tenerlos, deberá presentar voluntariamente los escritos de desistimiento y/o cancelación, de todos los procesos judiciales contra la Universidad Nacional de Barranca, ante las instancias correspondientes, debiendo contar con el informe legal de la Oficina de Asesoría Jurídica de la UNCP.

 


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